Se declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos DOMINGO RAFAEL MARTÍNEZ NATERA, FRANCISCA DE PAULA NATERA, ARISTIDES MARTINEZ NATERA, MARIA DEL CARMEN MARTINEZ NATERA, ARQUIMIDES MARTINEZ NATERA y WILLIAMS JACINTO MARTINEZ NATERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.583.555, V-3.364.894, V-6.889.465, V-6.889.466, V-6.889.470 y V-10.583.565 respectivamente, con respecto a su causante, ARISTÓBULO MARTINEZ RAMOS, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-1.457.903, dejando a salvo el derecho de terceros. Asimismo, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, conforme lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez conste en autos fotostatos correspondientes. Cúmplase.