declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por el abogado MARIO VASQUEZ, en su carácter de DEFENSOR PUBLICO CUARTO PENAL EN FASE DE PROCESO DEL ESTADO VARGAS, en contra de la decisión emitida en fecha 08-01-2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente Circunscripcional, mediante la cual DECRETA LA DETENCION PREVENTIVA a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, COMO COOPERADORA INMEDIATA, previsto en el articulo 406, numeral 1, en relación con la segunda figura delictiva del 83, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio la víctima hoy occiso José Alfredo Mesa, en virtud que en fecha 10/02/2016, en el acto de la Audiencia Preliminar, el referido Juzgado DECLARA LA RESPONSABILIDAD JURÍDICA EN LO PENAL de la precitada adolescente, por la comisión del precitado ilícito, cometido en perj.....