Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de la imputada RIZO ALVARADO EDINSON EDUARDO, Venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 18.754.618, natural de La Guaira, nacido el 17-01-1987, de 19 años de edad, Soltero, Estudiante Cuarto año de Bachillerato, hijo de Sonia Alvarado (v), y Carlos Rizo (v), residenciado en Sexta loma de las Tunitas, casa N° 05, color anaranjada, Parroquia de Catia La Mar, frente a pollo noris, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1°, 2° y 3°, en concordancia con los ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido detenido por la presunta comisión del delito de Posesión .....