DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud interpuesta por la Abg. FRANZULLI MARIN, en su condición de Defensora Pública Penal del imputado DARWIN PAREDES MONSALVE, de Nacionalidad Venezolana, nacido en Los Teques, estado Miranda, en fecha 11/06/1990, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de MARCANO PAREDES (V) y de DELSIS PAREDES (V), , residenciado en: Playa Verde calle Radar, callejón radar, casa 22, de color amarillo, Parroquia Urimare, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad N° V-20.037.218, en el sentido que se le imponga una medida menos gravosa a la privación preventiva de libertad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 229, 230 y 250 todos del C.....