DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ABREVIADO contemplado en el artículo 248 y el Ordinal 1º del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano OMAR ALEJANDRO CARDENAS GAMBOA, identificado con la cédula de identidad N° 21.085.789, de nacionalidad venezolana, natural del estado Táchira, con fecha de nacimiento 22-03-1990, de 22 años de edad, estado civil: soltero, de profesión u oficio estilista, hijo de Carlos Cárdenas (v) y Eduvigis Gamboa (v), residenciado en: La Victoria de Bramon, parcela finca Naylin, rubio, estado Táchira. Teléfono: 0416-966-07-59, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales1, 2,3,.....