CONDENA al ciudadano: UCHENDU GYORGY IKECHUKWU, de nacionalidad Húngara, natural de Magyar, nacido en fecha 07-08-1981, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Nelson Uchendu y de Dohanyos Llona, residenciado en: 5600 berecscaba, karacsony sandor UT 2C, 8ke budapest, titular del pasaporte N° ZJ358490, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal