CONDENA al ciudadano ELEUTERIO LIZCANO MOLINA, ELEUTERIO LIZCANO MOLINA, quien es de nacionalidad Venezolana, Titular de la C.I N° 20.603.671, natural de Toledo, de 39 años de edad, nacido en fecha 20-02-1972, portador del pasaporte signado bajo el No. C-1195013, de profesión u oficio comerciante, residenciado en: El barrió san Carlos calle principal casa N° 11, punta de piedras, Estado Barinas; a cumplir la pena de DIEZ AÑOS (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y a la accesoria de Ley, como es la expulsión del territorio de la República de conformidad contenida en el ordinal 1° del artículo 60 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas