DECLARA SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por los abogados RAFAEL QUIROZ, ALI NUÑEZ MORENO, DORIS ARTEAGA y WILDA CORDERO, en su condición de defensores de los ciudadanos FREDDY RAMON PEREZ LOAIZA, JONNATHAN JOSE GALINDO MATIZMA y CESAR SAVINO RONDON RODRIGUEZ; respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de Febrero del 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN y RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS AUTORIDADES, previstos y sancionados en los artículos 60 de la Ley Contra la Corrupción y 59 de la Ley de Extranjería y Migración. Quedando así CONFIRMADA la decisión recurrida.